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DECRETO 1601/2004
Quienes pueden solicitarla ?
Los hijos de argentinos nativos, nacidos en el exterior.
Para Menores de 18 años
Requisitos:
-Partida de nacimiento extranjera legalizada por Cónsul argentino en país de origen, con folio de seguridad
ó Apostilla de la Haya, según corresponda, ó Testimonio del Registro Consular del Nacimiento.
De corresponder, traducción de la Partida de Nacimiento al idioma nacional por traductor publico nacional matriculado,
con su posterior legalización en el Colegio de Traductores de la jurisdicción correspondiente.
-Partidas de nacimiento de padre, madre o ambos (argentinos), cuya certificación de la misma no sea superior a 6 meses.
• - En todos los casos el peticionante deberá declarar si el menor se encuentra identificado o no como residente extranjero (con DNI).
- - A PARTIR DE 5 AÑOS Y HASTA LOS 18 AÑOS. EL MENOR DEBE CONCURRIR JUNTO CON SUS PADRES PARA REALIZAR EL TRAMITE
Tasa del tramite $ 15.
Presentarse también con Certificado de domicilio,
- Expedido por autoridad policial competente (en Ciudad Autónoma de Buenos Aires Policía Federal Argentina) o comprobante que acredite domicilio (boleta de luz, gas, teléfono, resumen tarjeta de crédito, etc. a su nombre). En pcia. de Buenos Aires los certificados de domicilio los emiten los Registros.
Para Mayores de 18 años
-Partida de nacimiento extranjera legalizada por cónsul argentino en país de origen, con folio de seguridad;
ó apostilla de La Haya, o Testimonio del Registro Consular del Nacimiento.
De corresponder, traducción de la Partida de Nacimiento al idioma nacional por traductor publico nacional matriculado,
con su posterior legalización en el Colegio de Traductores de la jurisdicción correspondiente.
- Partidas de nacimiento de padre, madre o ambos (argentinos), cuya certificación de partida no sea superior a 6 meses.
El peticionante deberá declarar si se encuentra identificado o no como residente extranjero (con DNI).
Tasa del tramite $ 15.
Casos Especiales:
- a) En el caso que uno de los progenitores de nacionalidad argentina hubiere fallecido, el superstite debe presentar el acta de defunción.
- b) Para quién posee la tenencia sobre el menor ejerciendo exclusiva patria potestad, éste debe ser de nacionalidad argentina nativa, debiendo presentar la documentación pertinente que acredite lo expuesto.
- c) En caso de ejercer la representación del menor en carácter de tutor o curador deberá presentar autorización judicial.
Presentarse también con Certificado de domicilio,
- Expedido por autoridad policial competente (en Ciudad Autónoma de Buenos Aires Policía Federal Argentina) o comprobante que acredite domicilio (boleta de luz, gas, teléfono, resumen tarjeta de crédito, etc. a su nombre). En pcia. de Buenos Aires los certificados de domicilio los emiten los Registros.
Este trámite puede realizarse en cualquier dependencia de Registro Civil, más cercana a su domicilio o Sedes directas del Renaper:
| CENTRO DE ATENCION AL PUBLICO Nº 3 |
Av. Paseo Colón 1093 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Tel.: (011) .4-393-0566
Se atiende exclusivamente con turnos, que deben ser solicitados en forma personal y gratuita; de lunes a viernes de 0:00 a 24:00 horas. Presentarse con: denuncia de robo o extravío de DNI, otorgado por Policía Federal o autoridad competente; cédula de identidad ó credencial de obra social ó registro de conducir ó pasaporte, con sus datos personales. En esa oportunidad le otorgarán un ticket con día y hora para tramitar el DNI. A partir del día que tramita el documento se contarán 15 días hábiles para retirar el mismo, en forma personal.
CENTRO DE ATENCION AL PUBLICO EN MUNRO |
Avda. Mitre 2514 – Munro.
ESTE CENTRO ATIENDE EXCLUSIVAMENTE CON TURNOS PERSONALES A PARTIR DE LAS 8:00 HORAS.
Presentarse con: denuncia de robo o extravío de DNI, otorgado por Policía Federal o autoridad competente; cédula de identidad ó credencial de obra social ó registro de conducir ó pasaporte, con sus datos personales. En esa oportunidad le otorgarán un ticket con día y hora para tramitar el DNI.
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