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Es la primera actualización del Documento Nacional de Identidad que debe realizarse a partir que la persona alcanza la edad escolar (5 años y hasta los 8 años de edad inclusive).

Para realizar esta actualización el menor debe concurrir acompañado por el padre, madre o tutor legal, todos con su Documento Nacional de Identidad. Si el concurrente es tutor legal, éste debe acreditar la tutela, con la correspondiente constancia judicial.

Debe presentarse partida de nacimiento del menor actualizada con menos de 6 meses de emitida y dos fotos actualizadas, de 4 cm de alto por 4 cm de ancho, ¾ perfil derecho con fondo celeste. Téngase en cuenta que muchos registros civiles o centros de atención al público, cuentan con el servicio de fotografía, por lo cual la toma de las respectivas fotografías se realiza dentro de dichas oficinas.

La Actualización de 5/8 años se realiza en el mismo Documento Nacional de Identidad del menor. El mismo debe encontrarse en perfectas condiciones de uso. En ese acto se pega la foto del menor en el DNI.

Este trámite puede realizarse en cualquier dependencia de Registro Civil.

Tasa arancelaria es de $ 8


MENORES EN INFRACCION

Cumplidos los 8 años de edad y trascurrido el plazo de 1 año y 8 días hábiles, sin que se haya efectuado la actualización del DNI, se lo considera infractor, debiendo abonarse una multa que se ha establecido en $ 8 además de la tasa arancelaria correspondiente, es decir $ 8 (En total de debe abonar $ 16).

Sin perjuicio de lo manifestado es conveniente y necesario que los menores cuenten con el D.N.I. actualizado a partir que alcancen la edad escolar a los fines de facilitar operatorias tales como inscripciones en establecimientos educacionales, viajes al exterior, entre otros.

Para el caso en que el domicilio real difiera del asentado en el documento objeto de la actualización, debe presentar Certificado de Domicilio, expedido por autoridad competente o comprobante que acredite domicilio (boleta de luz, gas, teléfono, resumen tarjeta de crédito, etc. a nombre del padre, madre o tutor legal), procediéndose a registrar el nuevo domicilio asentándolo en el documento, este trámite tiene una tasa adicional de $ 8.

Téngase en cuenta que en la Provincia de Buenos Aires, la constancia de domicilio la expiden los Registros Civiles.

 

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