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Es la primera actualización en el caso de menores que ya posean su D.N.I Original de Extranjeros.

Debe realizarse a partir de los 5 años y hasta el año y 8 días hábiles, de cumplidos los 8 años de edad.

Para realizar esta actualización el menor debe concurrir acompañado por su padre, madre o tutor legal, todos con su Documento Nacional de Identidad. Para el caso en que el concurrente sea el tutor legal, éste debe acreditarse con la correspondiente constancia judicial.

Es necesario también dos fotos del menor actualizadas, de 4 cm de alto por 4 cm de ancho, ¾ perfil derecho con fondo celeste. Téngase en cuenta que muchos registros civiles o centros de atención al público, cuentan con el servicio de fotografía, por lo cual la toma de las respectivas fotografías se realiza dentro de dichas oficinas.

Este trámite puede realizarse el Registro Civil que corresponda a su domicilio, si Ud vive en el interior del pais. Si Ud. reside en Capital Federal debe solicitar turno en 25 de Mayo 155 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires (sede directa del Registro Nacional de las Personas). Los CGP no realizan este trámite.

La Tasa arancelaria es de $ 8.

Esta actualización se realiza en el mismo Documento Nacional de Identidad para Extranjeros del menor. Vencidos los plazos mencionados, el menor será considerado infractor a la Ley 17.671, debiéndose abonar una multa ascendiendo la tasa arancelaria del trámite a $ 16 (Tasa trámite $ 8 + Multa $ 8 = $ 16).

Sin perjuicio de lo manifestado es conveniente y necesario que los menores cuenten con el D.N.I. actualizado a partir que alcancen la edad escolar a los fines de facilitar operatorias tales como inscripciones en establecimientos educacionales, viajes al exterior, entre otros.

En el caso que el menor extranjero 5/8 años nunca hubiera tenido D.N.I. necesita para acceder al mismo, todos los requisitos solicitados para identificación de D.N.I. Original Extranjero y debe concurrir acompañado por su padre, madre o tutor legal, todos con su Documento Nacional de Identidad. Para el caso en que el concurrente sea el tutor legal, éste debe acreditarse con la correspondiente constancia judicial.

Para el caso en que el domicilio real difiera del asentado en el documento objeto de la actualización, deberá presentar Certificado de Domicilio, expedido por autoridad policial competente o comprobante que acredite domicilio (boleta de luz, gas, teléfono, resumen tarjeta de crédito, etc. a nombre del padre, madre o tutor legal), procediéndose a registrar el nuevo domicilio, este trámite tiene una. Téngase en cuenta que en la Provincia de Buenos Aires, la constancia de domicilio la expiden los Registros Civiles.

Tasa trámite $ 8 + Cambio de Domicilio $ 8 = $ 16

 

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