Presidencia de la Nación

Habilitación Ocasional de Pasos


Mediante la Resolución del Ministro del Interior y Transporte Nº 162 del 5 de abril de 2013, se aprobó el procedimiento para la Habilitación Ocasional de Pasos Internacionales el cual luce como Anexo I de la mentada Resolución.

Por otra parte por el artículo 2º del citado Acto Administrativo se aprobó el formulario para el inicio del trámite de Habilitación Ocasional de Pasos Internacionales el cual obra como Anexo II de la Resolución del Ministro del Interior y Transporte Nº 162/13 denominado Solicitud de Habilitación Ocasional de Paso Internacional.

En ese marco los interesados en solicitar la habilitación ocasional de un Paso Internacional deberán completar los campos del citado formulario, imprimirlo, firmarlo y remitirlo a:

Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda
Dirección de Asuntos Técnicos de Fronteras
25 de Mayo Nº 101 - Piso 1 - Oficina 140
(C1002ABC) Ciudad Autónoma de Buenos Aires


RESOLUCIONES

» Resolución Ministro del Interior y Transporte Nº 162/13.


FORMULARIOS

» ANEXO II: Solicitud de Habilitación Ocasional de Paso Internacional

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