Argentinos en el exterior
Registro de electores residentes en el exterior para categorías nacionales 1993 - 2005
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Hasta el 30 de junio se pueden inscribir en el Registro de cada Consulado.
Acordada N° 4031/07 de la Cámara Nacional Electoral referida a los nuevos formularios de inscripción CARE 2
» Hoja 1
» Hoja 2
» Hoja 3
Modelo Formulario de inscripción Registro de argentinos residentes en el exterior CARE 2

Legislación vigente
» Ley 24007 "Voto de argentinos en el exterior" (9/10/1991) 
» Decreto 1138/93 "Colegio electoral - Electores en el exterior" (4/06/1993) 
Sitios recomendados
Directorio consulados argentinos en el mundo
http://www.argentinaconsul.ar
Argentinos a votar
http://www.argentinosavotar.net
Entrevista al Dr. Jorge Horacio Otaño Piñeyro; Secretario de la Cámara Nacional Electoral – Juez de 1° instancia
1.- ¿El ciudadano argentino que reside en el exterior tiene obligación de votar?
No. La ley N° 24.007 establece que, contrariamente al sistema electoral nuestro cuyo voto es obligatorio, los argentinos residentes en el exterior voluntariamente se inscriben en el registro de electores. Cuando se promulgó esta ley, la Argentina era receptora de una gran corriente migratoria. Se dice que desde el año mil ochocientos sesenta y pico al año 1900 deben de haber llegado al Río de la Plata aproximadamente 2.150.000 inmigrantes. Fue partir de los años sesenta más o menos, sesenta, setenta, que hubo en la Argentina una serie de problemas muy serios de distinto tipo y calibre en los cuales hubo mucha gente que emigró y esta ley, en la condición de motivos, estableció más o menos un cordón umbilical entre toda la población argentina que emigró a distintos países del mundo y la nación o nuestra republica. Entonces posiblemente este haya sido uno de los leit motiv del funcionamiento y la sanción de esta ley N° 24.007.
2.- ¿Qué condición debe cumplir el ciudadano en el exterior para poder votar?
Para poder inscribirse en el registro de electores deben cumplir la condición de ser residentes. La persona tiene que estar radicada y lo tiene que demostrar a través de la inscripción del domicilio en el país en el cual quiere votar en su DNI. La inscripción de este domicilio en el exterior se realiza en el Consulado, quien oficia de Registro Nacional de las Personas.
3.- ¿Dónde se realizan las tramitaciones ?
En la Argentina tenemos 110 delegaciones entre embajadas, consulados generales, consulados, donde los argentinos a lo largo y a lo ancho del mundo pueden recurrir si les interesa realizar cualquier tipo de consulta o votar previa inscripción en el registro.
4.- Como es el tema del empadronamiento?
No se trata de empadronamiento sino de inscripción en el registro de electores. Si una persona se encuentra en Yakarta y esta interesada en votar ¿por qué es lo que va a poder votar? Por autoridades nacionales. Entonces va y se inscribe en el consulado general, en la embajada, en la representación diplomática que tenga más cercana a su domicilio. Se inscribe y dice yo quiero votar. Y ese señor va a votar por los candidatos nacionales según su distrito. Si esta persona nació en la provincia de Buenos Aires, entonces va a votar en Yakarta por los legisladores o candidatos de los distintos partidos que van a competir en la provincia de Buenos Aires.
5.- ¿Qué cantidad aproximada de electores figuran en el Registro?
Nosotros contamos con un sistema que se llama Consulados, donde podemos ubicar más o menos a unos casi 200.000 argentinos que viven en el mundo; quienes han hecho bien los deberes y dicen yo vivo en Paris o vivo en Londres o vivo en Birmingham.
Si tenemos inscriptos a unos 200.000 ciudadanos, se estima que habrá unos 800.000 más que no se han registrado.
6.- ¿Pueden votar los ciudadanos que se encuentran en tránsito?
No, en la Argentina el voto en tránsito no existe.. En el derecho electoral el voto en tránsito es una de las grandes fallas de cualquier sistema porque por lo general se manipula una barbaridad con el transito de los electores; o sea que el transito gracias a Dios no esta contemplado ni en nuestro sistema electoral ni es nuestro derecho positivo ni tampoco en estas leyes que nos han dado la organización del registro de electores residentes en el exterior.
7.- ¿Cómo son las boletas?
La boleta es un único ejemplar donde figuran -de acuerdo al distrito al que pertence la persona que va a votar- todas las opciones que del respectivo distrito; todos los partidos que intervienen en ese distrito. El elector en este caso señaliza en esa boleta qué lista elige. Para ello, el registro debe tener determinado claramente cuantos ciudadanos en el mundo figuran registrados en cada representación y por qué distrito van a votar. Entonces se envía a cada una de las representaciones la cantidad de boletas necesarias de cada distrito según lo que nos indican las inscripciones del padrón.
8.- ¿Quien organiza todo el procedimiento?
Lo organiza la Cámara Nacional Electoral y no es un tema fácil. ¿Por qué no es un tema fácil? Porque manejar un número importante de electores -no en 24 distritos electorales como tenemos en el país sino en 110 representaciones en todo el mundo-, quiere decir que tenemos que hacer 110 padrones para cada uno de los distritos y no olvidarnos de aquel que estaba en Yakarta y que figure. O sea que tenemos que organizar 245 mesas para el próximo mes de octubre. Como Yakarta no esta a la vuelta, tenemos que organizar también con la Cancillería, con el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto un correo diplomático para que toda esta documentación llegue a destino y después vuelva; porque nosotros cada 6 meses tenemos por ley obligación de establecer los distintos padrones. Entonces para que aquel que está en Yakarta sepa que está inscripto tiene que venir acá con toda la información no solo de Yakarta sino de Roma, de Nápoles, de Francia etc. Se trata de todo un engranaje bastante aceitado y eficiente con el cual hasta ahora y desde el año 94 no hemos tenido ningún problema; la Cámara lo lleva con toda eficiencia.
Al respecto cabe destacar que la Cámara Nacional Electoral es el único Tribunal en la República Argentina de segunda instancia que se ha organizado con las normas IRAM 9001/2000 en la Argentina, eso quiere decir que esas normas también han llegado al Registro de Electores residentes en el exterior. Ese registro esta organizado también por las normas IRAM que nos han certificado el funcionamiento para ir perfeccionándolo.
9.- ¿Cómo es el tema del escrutinio?
Cuando llega la información de cada uno de los 110 locales al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, ellos lo mandan a la Cámara y la Cámara le organiza esa información a cada uno de los distintos distritos en los plazos más rápidamente posibles.
Si la persona voté en Italia pero su último domicilio legal en la Argentina ha sido en Santa Fé, se le va a imputar ese voto a Santa Fe mediante la información que le manda la Cámara a las Juntas Electorales Nacionales. ¿Qué son las Juntas Nacionales Electorales? Las Juntas Electorales Nacionales son organismos de tipo administrativo que empiezan a funcionar 60 días antes del acto eleccionario. Se trata de un organismo creado por el Código Nacional Electoral en el articulo 48 en adelante donde se establece el funcionamiento de las mismas Las Jusntas son organizadas por magistrados o generalmente por el presidente de la Cámara de la jurisdicción por un lado, el juez federal electoral y el presidente del superior electoral de esa provincia. Duran poco tiempo; nacen 60 días antes del acto eleccionario y su función y misión además de la relacionada con el escrutinio definitivo reside en otorgar los certificados, los diplomas a todos los electos. Una vez que los candidatos electos son proclamados, las Juntas Electorales fenecen en su mandato. O sea que por lo general duran después del acto eleccionario 15, 20 o 30 días de máxima.
10.- ¿Qué pasa con la doble ciudadanía?
La doble ciudadanía son leyes, convenios de la República Argentina con el Reino de España y la República de Italia. Se trata de convenios de nuestro país sobre la doble nacionalidad. Esto quiere decir que tenemos dos leyes -la N° 18.957 (Convenio con España del año 1969) y la Ley N° 20.568 (Convenio con Italia del año 1971). Esas dos leyes establecen que cuando os argentinos están en la Argentina pueden votar sin ningún problema y cuando se van hacia alguno de estos dos países votan en aquellos países en el lugar donde se encuentren; previa inscripción. Pueden ejercer el voto como italiano y como argentino y debe encontrarse inscripto donde corresponda y en el momento que corresponda. En Italia y en España se tienen que inscribir previamente para emitir el sufragio.
11 ¿Cuándo se vota y cómo es el sistema de emisión del sufragio?
Se vota el mismo día. Hay distintos regímenes o sistemas de voto de los extranjeros en el mundo. Hay unos que votan -por ejemplo en España- por correo. Los peruanos votan en forma presencial. Nosotros también tenemos un sistema de tipo presencial. Eso quiere decir que el voto es personal, usted tiene que acercarse a los distintos lugares de votación (alguna de las 110 representaciones) y emitir el sufragio. Los lugares funcionan de 8 a 18 hs.
12.- Si tuviera que dar algún tipo de recomendación para los argentinos residentes en el exterior ¿Cuál seria?
Una recomendación relacionada con la inscripción en el registro es que al momento de inscribirse en el formulario establecido y aprobado por la Cámara, el interesado complete correctamente sus datos con el DNI completo y que incluya una dirección de correo electrónico; lo cual permitiría contar con una vía de comunicación mas rápida para consultas o dudas o un ida y vuelta directo cuando hay algún dato que no es claro o respecto del cual hay dudas, porque la fotocopia no es clara o el dato directamente faltó.
Por otro lado lo más importante es que los argentinos que están residiendo en los distintos países del mundo se acerquen a los consulados, a las embajadas, recaben este tipo de datos Creo que es muy importante y se trata de un cordón umbilical que los ata de alguna forma a la Argentina. Ese ha sido un poco el motivo de la sanción de la ley mencionada en un principio; o sea que es importante que el argentino pueda participar en un sistema democrático y sepa cuales son los candidatos para que lo represente a miles de kilómetros de distancia.